La Asociación

La Asociación Empresarial Andaluza de Comercio Electrónico, ANDCE-e, se constituyó al amparo de lo dispuesto en la Ley 19/1997, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de Asociación sindical, desarrollando sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

ANDCE-e tiene por objeto la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios, siendo sus fines, entre otros:

  • La negociación colectiva, el planteamiento de conflictos colectivos de trabajo, el dialogo social y la participación institucional en los organismos públicos de las administraciones laborales.
  • Fomentar el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico en la Comunidad Autónoma Andaluza.
  • Participar por el cauce legal en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social, que interesen a los fines propios de la Asociación.
  • Impulsar las Nuevas Tecnologías en las empresas.
  • Difundir información económica, técnica y profesional, para desarrollo y perfeccionamiento de los servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico en Andalucía.
  • Proporcionar información y documentación sobre la evolución de los servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico: entorno legal, control de la difusión, medición de audiencias, estadísticas, estudios de mercado, avances tecnológicos, regulaciones futuras a nivel nacional e internacional, en especial en cuanto al tratamiento fiscal que reciban las operaciones de comercio electrónico, etcétera.
  • Organizar simposios y actividades formativas y promover la enseñanza del uso de los servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, así como llevar a cabo todo tipo de iniciativas que faciliten la adaptación de las empresas andaluzas a los cambios en el mercado relacionados con las nuevas tecnologías.
  • Potenciar la formación en temas relacionados con la Sociedad de la Información e, impulsar un plan para formar a la población en cuestiones básicas relacionadas con las nuevas tecnologías.
  • Velar por el cumplimiento de la normativa que afecten al desarrollo de los servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, así como la protección de datos personales, denunciando ante las autoridades competentes las actividades contrarias a ésta.
  • Promocionar la resolución de conflictos por procedimientos extrajudiciales dentro del ámbito de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
  • Defender la honestidad en la competencia, y velar por que la actuación de los asociados se acomode a las normas éticas establecidas por la Asociación. Actuar, incluso mediante denuncia ante los organismos competentes, contra prácticas de servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico que no se ajusten a los principios de correcta práctica comercial.
  • Promocionar la imagen pública de la actividad de los servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
  • Fomentar la seguridad en las transacciones y la seguridad en los pagos, así como la protección de los derechos de autor.
  • El ejercicio ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden o jurisdicción de las acciones y excepciones que procedan, así como la realización de las gestiones y actividades necesarias ante toda clase de autoridades, funcionarios, organismos o entidades públicas o privadas nacionales, de la Unión Europea y extranjeros.
  • Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción a las normas reglamentarias y sin que en ningún caso la responsabilidad de la gestión financiera se extienda a ningún asociado.
  • Fomentar la comunicación y cooperación con organizaciones similares. La defensa de los intereses relacionados con la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico, así como representar y defender los intereses de sus asociados ante organismos públicos y privados, tanto autonómicos, nacionales como de la Unión Europea y extranjeros, así como promover la colaboración con dichos organismos.
  • Fomentar, representar y defender los intereses profesionales y empresariales del de las empresas de la Sociedad de la Información, el Conocimiento y el Comercio Electrónico en Andalucía.
  • Cualquier otra actividad lícita, conducente al cumplimiento de los fines asociativos, dentro del marco del asociacionismo empresarial y profesional.

 La Asociación tiene personalidad jurídica propia y plena autonomía para el cumplimiento de sus fines, rigiéndose en su funcionamiento conforme a principios democráticos.